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¿Es usted deudor hipotecario de vivienda social y quiere saber más sobre los recientes anuncios del gobierno? Bueno, aquí le explicamos lo más claro posible que es lo que el gobierno ha anunciado.

Pero antes que nada tenemos que decirle que los beneficios que aquí se explican solo se podrán postular después que el gobierno firme y publique el decreto respectivo en el Diario Oficial y, además, estén firmados los convenios entre el Ministerio de Vivienda y los Bancos. Mientras eso no ocurra estos anuncios son solo eso, anuncios. Pasarán a ser realidad cuando el gobierno promulgue el decreto y el reglamento, ahí se estipulan los mecanismos concretos que se usarán para entregar los beneficios.  ¿Cuándo será eso? No sabemos. Eso depende del gobierno. Por eso le aconsejamos que, por mientras, se mantenga informado, y la mejor forma de hacerlo es organizarse en comités de deudores. Además, nuestra agrupación seguirá luchando y movilizada para mejorar los beneficios, y tu apoyo a esta lucha es importante.

Ahora vamos al grano. ¿A quienes van dirigidos estos anuncios?

Las medidas del gobierno son para los deudores de los decretos 235 (o sea los Pet), 62 (nueva básica y básica privada) y 44 (cooperativas).

Pero ¿Todos los deudores de esos decretos son beneficiados?

No, no todos. Solo los que cumplan con los siguientes requisitos:

1.- Que el valor de sus viviendas sean inferior a 650 UF;

2.- Que tengan ingresos familiares inferiores a 400 mil pesos;

3.- Que estén habitando la vivienda (o sea que no la tengan arrendada)

4.- Que no sean dueños de otra casa.

Se tiene que cumplir con esas 4 condiciones para optar a los beneficios.

¿Qué es eso del ingreso familiar inferior a 400 mil pesos?
Que sumando todos los ingresos de los miembros de la familia que vive en la casa (padre, madre, abuela, nietos, etc.) tiene que ser inferiores a 400 lucas para obtener los beneficios. Si tus ingresos familiares son superiores, estas fuera de todos estos beneficios.

 

¡¡Pero eso es una mariconad… (piiii…..)!!
Si, ya sabemos. Por eso nosotros decimos que no nos gusta esta “solución” y seguiremos peleando. Aquí solo estamos explicando las medidas del gobierno, no las estamos defendiendo.


Bueno, pero si cumplimos con esos requisitos ¿A qué beneficios podemos optar?
Eso depende. Vamos por partes. El Ministerio habla de 3 grupos. Estos son:

Grupo 1: Son los deudores que cumplen con todos los requisitos que ya dijimos, pero que además donde el deudor titular tiene una enfermedad catastrófica o sufre de discapacidad y la familia está catalogada de extrema vulnerabilidad. Estos vecinos podrán postular a la condonación de la deuda.

 

¿Esta condonación será automática?
No. El deudor titular es el que tiene que estar afectado y tiene que postular con sus papeles médicos. 

¿Ante quién?
Buena pregunta. Eso no está claro, el decreto y reglamente deberán decirlo. Pero según consultas que hicimos, en los Servius de cada región se establecerán comisiones que van a evaluar “caso a caso” la situación de los vecinos. 

¿Y qué entenderán esas comisiones por “enfermedades catastróficas” o qué nivel de “discapacidad” se requiere para optar al beneficio?
Aún no se sabe que enfermedades se considerarán catastróficas. Pero la discapacidad tiene que ser mayor al 50%. Una discapacidad menor a eso no entra en el beneficio. Todo eso lo deberá definir el dichoso decreto y el reglamento. 

¿Tengo que pagar algo por el beneficio?
Si, pero al banco, ¡¡a nadie mas!! Eso se llama copago. Los deudores de este grupo que están al día tendrán que pagar 1 UF. Los que estén morosos tendrán que pagar 2 UF al banco.

Y ¿Cuál es el puntaje de “extrema vulnerabilidad”?
El que se ocupa ahora es hasta los 4.213 puntos. Pero no sabemos si seguirá siendo ese o lo cambiarán. Por eso nosotros decimos que hay hartas “cosas oscuras” en estos anuncios del gobierno, razones de más para organizarse y seguir presionando para que lo que se defina sea a favor de nosotros, y no de los bancos.


Y si yo pertenezco a alguno de estos decretos, pero no tengo ni enfermedad catastrófica, ni discapacidad o no pertenezco al segmento de extrema vulnerabilidad,  ¿Me toca algo?
Si, le toca algo, pero la verdad que re poco.

¿Cómo es eso?
Veamos. Puede que usted se encuentre en los grupos 2 ó 3.

El grupo 2 son los deudores de los decretos que ya hablamos (235, 62 ó 44), que pertenecen al primer o segundo quintil de vulnerabilidad y que están al día.

A este grupo le toca lo mismo que había el año pasado para los Pet, o sea, una subvención al dividendo. Si tiene entre 2.000 y 6.035 puntos en la ficha de protección social, tiene derecho a una subvención del 60% del dividendo y usted tiene que pagar el otro 40%.  Entre 6.036 y 8.500 puntos tiene derecho a una subvención del 50% y usted paga el otro 50%. Si tiene entre 8.501 y 10.500 puntos, le darán una subvención del 25% y usted paga el 75%. Si tiene 10.500 hasta 11.735 puntos, le dan un 20% y usted paga el otro 80%.

Pero ojo: si usted no paga su parte, el gobierno tampoco paga, y usted queda moroso. Con 3 meses de mora le quitan el beneficio y el remate viene al tiro. Así que está obligado a pagar no más. Esa es la “trampita” de este “beneficio”.

¿Y si ahora estoy moroso?
Si está moroso usted pertenece al grupo 3.

¿Y me toca algo?
Lo mismo que al grupo 2, con la diferencia que a usted lo van a hacer reprogramar la mora pagando un copago de 1 UF. Además, según dicen en el Ministerio, el recálculo de la mora se hará sin recargo, o sea, le saldrá menos salada la gracia. Pero eso se sabrá realmente cuando salga el decreto.

¡¡ Pero eso es lo mismo que había antes, un poco maquillado no más!!
Si, ya sabemos. Por eso nosotros no estamos contentos y decimos que falta la solución de verdad. El único avance es que ahora este beneficio se aplica al decreto 44 y llega a los 11.735 puntos.

Y si no tengo ficha o mi puntaje es muy alto ¿Hasta cuando hay plazo para tener la ficha con el puntaje requerido?
Hasta el 30 de noviembre. El puntaje que usted tenga en esa fecha es el que se considerará. Si aún no tiene puntaje, organícese y llámenos para orientarlo en este trámite que se hace en su municipio.

¿El ministerio o los bancos pedirán papeles o plata para todos estos trámites?
Solo pedirán antecedentes médicos a los deudores del Grupo 1. Para el Grupo 2, si es que cumple los requisitos, los beneficios serán automáticos, sin ningún papeleo. Para el Grupo 3, como tiene que reprogramar, el banco lo citará y, si usted quiere acogerse, ellos le pedirán los papeles necesarios y tendrá que pagar 1 UF por la reprogramación. Los copagos se pagarán directamente al banco y ningún otro trámite tiene costos para el deudor. Usted no tiene que entregarle plata a nadie.

¿Y los remates?
El gobierno quiere reactivarlos a partir del próximo año. Pero mientras estemos  unidos y organizados, tendremos la fuerza para detener los remates. Lo hemos hecho antes y lo podemos seguir haciendo.


Ahí no mas los beneficios. Son harto penca la verdad. En el fondo, para la mayoría de los deudores, solo se repite lo que ya se había dado en el gobierno anterior. ¿Y qué tenemos que hacer ahora?
Lo que hemos hecho todo este tiempo: seguir organizados. Tomaremos de estas medidas lo que nos sirva y seguiremos exigiendo las soluciones de fondo. ¡¡Nuestra agrupación no para!! Los deudores necesitan de esta agrupación, honesta y luchadora, que los defienda. Nosotros no los traicionaremos ¡¡Seguiremos la lucha!!

 

Si tiene mas dudas o quieres que vayamos a hacer una reunión en tu villa, llámanos al fono:  08 - 999 66 36. O mándanos un correo a:   andhachile@yahoo.cl.
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